La Cámara de Mandatarios de Mendoza nos remite respuesta que obtuvo de QUEJAS y SUGERENCIAS del DNRPA a su consulta.
Agradecemos la gentileza a sus dirigentes
Buen día
Segun lo hablado con el departamento de normativo y visto que el DNTR indica que "Podrá peticionarse la inscripción de un trámite de Transferencia efectuando la precarga de datos a través del Sistema de Trámites Electrónicos (S.I.T.E.) mediante la utilización de las Solicitudes Tipo "08-D" Auto y "08-D" Moto", nada impediría que un mandatario pueda presentar una Solicitud Tipo 08 con firmas certificadas sin precarga.
Por lo tanto se entiende que su turno es valido.