VERIFICACIÓN FÍSICA DEL AUTOMOTOR
Esta revisión se realiza en cada vehículo para constatar que el número de motor, de chasis y el tipo de automotor correspondan con lo especificado en la documentación de ese vehículo. Se efectúan en plantas que están a cargo de peritos de las distintas policías de nuestro país, la Federal y Provinciales, y la Gendarmería, que están autorizados por la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor.
Este proceso de verificación es un paso obligatorio para concretar la inscripción inicial de un 0 kilómetro y la transferencia de dominio de un vehículo usado , entre otros trámites.
La verificación física realizada en planta o puesto verificador habilitado tendrá una validez de 150 días hábiles administrativos y es un trámite personal que no requiere intervención de terceros o intermediarios.
Como se hace el trámite?
Cuando ingresa a la aplicación el sistema le ira solicitando diversos tipos de datos vinculados a su persona y su vehículo automotor. Toda esta información que se le requiere es de vital importancia para que Ud reciba las confirmaciones de pago y constancias del trámite. Con esos datos ingresados y el pago efectuado Ud. puede concurrir a cualquiera de las plantas de verificación policial o puestos verificadores ubicadas dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires en los días y horarios que las mismas operan habitualmente.
Si Ud no realizo el Grabado de Autopartes previsto por la Ley 14497, el sistema le advertirá de esta situación y lo re direccionará para que pueda obtener su turno para grabar. Una vez confirmado el turno deberá volver a la aplicación de Verificación Policial para continuar con el inicio de su trámite. Recuerde que el Grabado de Autopartes es requisito indispensable para poder ser verificado y se le exigirá al momento de su verificación.
Como constancia de la Verificación Policial realizada Ud recibe un Formulario 12 Digital vía e-mail, que indica que su trámite fue ingresado exitosamente a la base de datos del sistema de DNRPA (Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios), quedando habilitado a proseguir el trámite en el Registro Seccional que corresponda
- Grabado de autopartes (Ley 14.497, no aplica para motos y máquinas agrícolas) ( Haga click aquí para SOLICITAR TURNO )
- Grabado de dominio en los cristales (Según digesto D.N.R.P.A. Capítulo 9 Sección 3)
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